Page 29 - Informe FECC
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En relación a lo referido en el Diagrama 1 se obtuvieron 3 sentencias condenatorias, 2 combatidas
         en recurso de amparo, la primera de ellas fue por sentencia por ejercicio ilícito de servicio pú -
         blico, la segunda por robo agravado y la tercera sentencia por abuso de autoridad y lesiones
         calificadas; 23 soluciones alternas de las cuales 19 corresponden a suspensiones condicionales
         a proceso por un monto de $2,284,608.77 en efectivo y en especie la recuperación de 2
         inmuebles  a  favor  del  Municipio  de  Tulum  con  un  avalúo  de  $5,002,000.00  y  1  más  a  fa-
         vor de un particular por $1,500,000.00, así como 4 acuerdos reparatorios por un monto de
         $193,518.50 en efectivo que corresponde a tres acuerdos reparatorios a favor de particulares y
         un acuerdo reparatorio en los que se destaca la recuperación histórica de 2 inmuebles a favor
         del Estado ubicados en Mahahual-Xcalak con un valor actual de mercado de $1,652,469,416.00
         y una extensión de 2,065,585.86 metros cuadrados. Asimismo se otorgaron 119  criterios de
         oportunidad de los cuales se obtuvo la reparación del daño al Estado y a particulares por la
         cantidad de $3,475,102.21 en efectivo, sumando un total de $1,664,924,645.48.

         Criterio de Oportunidad, es una forma de terminación de la investigación, mediante la cual
         el Fiscal del Ministerio Público podrá abstenerse de ejercer la acción penal siempre que, en
         su caso, se haya reparado o garantizado los daños causados a la víctima u ofendido y será
         procedente en los supuestos del artículo 256 del CNPP.

         La Suspensión Condicional del Proceso es una medida alternativa que puede decretar el juez,
         a solicitud del Fiscal del Ministerio Público o el imputado, cumpliendo con los requisitos y
         condiciones establecidas en el artículo 191 del CNPP.

         Acuerdo reparatorio son aquellos celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado que,
         una vez aprobados por el Ministerio Público o el Juez de control y cumplidos en sus términos,
         tienen como efecto la extinción de la acción penal.


         Gráfica 10. Total recuperado del 2017 al 2021.









































         Fuente: Dirección General de Investigación, Acusación y Procesos de la Fiscalía Especializada
         en Combate a la Corrupción.
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